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Aprueba INE criterios, plazos y procedimientos de precampañas y candidaturas del PEF 2023-2024

  • inhabilitación, incapacidad o renuncia.
  • El 29 de febrero del 2024, a más tardar a las 11:00 horas, los Consejos Locales y Distritales celebrarán la sesión especial de registro de candidaturas a senadurías y diputaciones por el Principio de Mayoría Relativa.

En torno de los criterios para garantizar la paridad entre los géneros en la postulación de candidaturas, se continúa con la integración de las fórmulas por personas del mismo sexo, con excepción del supuesto de que, aunque la persona propietaria sea hombre, se podrá registrar una mujer suplente.

Asimismo, deberá observarse el principio de paridad vertical y horizontal y lo correspondiente a los porcentajes en los bloques de votación, a efecto de lograr la postulación de más mujeres en los distritos y entidades con mayores posibilidades de triunfo, a fin de que no le sean asignados aquellos distritos o entidades en los que los partidos presenten porcentajes de votación baja.

En cuanto al tema de la democracia incluyente, se aprobaron diversas acciones afirmativas en favor de las personas indígenas, afromexicanas, discapacitadas, de la comunidad LGBTIQ+, migrantes residentes en el extranjero y en pobreza, las cuales constituyen medidas especiales a favor de grupos en situación de discriminación, cuyo objetivo es corregir circunstancias patentes de desigualdad en el disfrute o ejercicio de derechos y libertades.

Para diputaciones federales, se determinó la postulación de al menos 30 fórmulas integradas por personas indígenas, de las cuales 18 deberán postularse por el Principio de Mayoría Relativa, y 12 bajo el Principio de Representación Proporcional.

En las senadurías deberán postularse al menos tres fórmulas integradas por personas indígenas de Mayoría Relativa, y dos más para el Principio de Representatividad Proporcional.

Sobre el caso de las acciones afirmativas para personas afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual, en pobreza y mexicanas migrantes residentes en el extranjero, los partidos deberán postular 20 fórmulas a diputaciones -de las que al menos dos serán de Mayoría Relativa y ocho de Representación Proporcional- y cuatro a senadurías.

Cabe aclarar que los partidos y coaliciones deberán postular al menos una fórmula por cada acción afirmativa en cualesquiera de los principios.

En cuanto a las senadurías, los partidos y coaliciones deberán postular una fórmula de personas afromexicanas, una de la diversidad sexual, una con discapacidad por cualquiera de los dos principios, así como una fórmula de personas mexicanas migrantes y residentes en el extranjero en la lista de Representación Proporcional.

Podrán pagar partidos sanciones y remanentes de sus fuerzas locales

El Consejo General también aprobó el Proyecto da Acuerdo por medio del cual se respondió que el Comité Ejecutivo Nacional de un Partido Político Nacional podrá efectuar el pago de sanciones y remanentes de uno de sus locales con acreditación, cuando se trate de sanciones, para remanentes de campaña o de financiamiento ordinario.

Para aplicar el financiamiento federal será necesario que el Organismo Público Local avise a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos sobre la imposibilidad del partido local con acreditación para hacer frente a sus sanciones y la devolución de remanentes, a fin de proceder a las deducciones correspondientes.

Recibe el Consejo General ocho informes de actividades de sus comisiones

Es relevante subrayar que a lo largo de esta sesión extraordinaria, la máxima autoridad de dirección del INE recibió ocho informes de actividades correspondientes al periodo de abril a agosto del presente año, específicamente de las comisiones de Vinculación con Organismos Públicos Locales, del Servicio Profesional Electoral Nacional, de Fiscalización, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral y de Igualdad de Género y No Discriminación, así como del Comité de Radio y Televisión.

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