Con penas de hasta 30 años por reclutamiento forzado, protegemos a la niñez, jóvenes y grupos vulnerables: Mejía Berdeja

- Son captados mediante engaños, amenazas, intimidación, extorsión, violencia o falsas ofertas laborales.
- Esta conducta ilícita lacera a familias enteras, se agravó durante la administración de Felipe Calderón
- se protege a víctimas indígenas, afroamericanas o migrantes, así como con la participación de funcionarios públicos.
Mejía Berdeja, quien impulsó dicha modificación legal desde 2025, sostuvo que este cambio legal representa un avance para proteger especialmente a niñas, niños, adolescentes y jóvenes, quienes pueden ser captados mediante engaños, amenazas, intimidación, extorsión, violencia o falsas ofertas laborales difundidas incluso por medios digitales.
El planteamiento del legislador federal por Coahuila busca que la legislación responda a los distintos mecanismos utilizados por organizaciones criminales para atraer o incorporar personas a sus actividades; y así combatir esta grave conducta ilícita que lacera a familias enteras, que se agravó durante la administración de Felipe Calderón, que declaró una “guerra” contra los grupos delincuenciales y ocasionó una espiral de violencia sin precedentes en nuestro país.
Durante los trabajos de la Comisión de Justicia, Ricardo “El Tigre” Mejía se refirió al avance del dictamen que incorpora disposiciones específicas sobre esta conducta y contempla penas de prisión para quienes incurrieran en los supuestos establecidos por la reforma.
El diputado advirtió sobre la necesidad de atender las nuevas modalidades de captación, en las que las redes sociales, las plataformas digitales y las ofertas laborales engañosas pueden servir como primer contacto entre los reclutadores y sus posibles víctimas.
La preocupación, explicó el diputado federal coahuilense, radica en que el acercamiento no siempre ocurre mediante amenazas directas desde el inicio. En algunos casos, las personas pueden ser atraídas con promesas de empleo, ingresos o supuestas oportunidades que después derivan en coacción, violencia y participación forzada en actividades criminales.
Uno de los puntos centrales de la reforma, detalló Ricardo “El Tigre” Mejía, consiste en considerar como reclutamiento forzado la incorporación de niñas, niños y adolescentes en los supuestos previstos por el nuevo marco legal, independientemente del mecanismo utilizado para captarlos.
“Las sanciones generales aprobadas van de 10 a 20 años de prisión. Cuando concurran circunstancias agravantes, como intimidación, amenaza, coacción, violencia física o moral o abuso de poder, las penas pueden alcanzar hasta 30 años, conforme a los supuestos establecidos en el texto aprobado”, detalló.
La modificación contempla, además, agravantes relacionadas con víctimas indígenas, afroamericanas o migrantes, así como con la participación de funcionarios públicos o personas que hayan pertenecido a corporaciones de seguridad o a las Fuerzas Armadas.
Para Mejía Berdeja, la protección de la infancia y la juventud debe ocupar un lugar prioritario en la respuesta institucional, ante el riesgo de que las organizaciones criminales aprovechen condiciones de vulnerabilidad económica y social para captar nuevos integrantes.
Mejía Berdeja advirtió que la aplicación efectiva de las nuevas disposiciones también requerirá investigación, prevención, atención a las víctimas y coordinación entre las autoridades responsables, pero reconoció que este avance constituye un paso en la discusión de herramientas jurídicas específicas para perseguir el reclutamiento de personas por organizaciones criminales.
La iniciativa promovida por Ricardo Mejía Berdeja desde 2025 forma parte de ese proceso legislativo. El objetivo planteado por el diputado es que la captación de personas para incorporarlas a grupos delictivos tenga consecuencias penales específicas y que niñas, niños, adolescentes y jóvenes cuenten con una protección reforzada frente a esas prácticas ilícitas.

